
Según la ley, vivir en unión de hecho se refiere a la situación en la que "dos personas que, independientemente de su sexo, viven en condiciones análogas a las de los cónyuges durante más de dos años".
Para que la unión de hecho pueda ser comprobada, es necesario que ambos miembros de la pareja tengan al menos 18 años al momento de oficializar dicha unión.
La Autoridad Tributaria permite, desde 2016, que las parejas que no tengan el mismo domicilio fiscal puedan, aún así, presentar la declaración del IRPF conjuntamente. Para ello, será necesario que la pareja presente una serie de documentos que acrediten esta situación:
Una declaración de la Junta de Vecindad.
Una declaración de compromiso de honor firmada por ambos miembros de la pareja que certifique que viven juntos desde hace más de dos años.
Una copia del registro de nacimiento de cada miembro de la pareja (para demostrar que ninguno de los dos estuvo casado anteriormente).
¿CUÁLES SON LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS EN UNIÓN DE HECHO?
Tienen derecho a disfrutar de vacaciones al mismo tiempo si trabajan en la misma empresa (privada o pública).
Tienen los mismos derechos que una pareja casada en lo que respecta a la concordancia de los días de licencias y ausencias en el trabajo.
Pueden presentar la declaración del IRPF conjuntamente (si es la opción más ventajosa para el núcleo familiar).
En caso de fallecimiento del compañero/a, tienen derecho a vivir en la casa familiar (si la vivienda está alquilada, pueden suceder a su compañero/a como titulares del contrato).
Los hijos de padres que vivan en unión de hecho son equiparados a los hijos de padres casados y, por tanto, tienen los mismos derechos.
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